Se acerca un fin de semana largo imperdible, desde el viernes 21 hasta el lunes 24 de noviembre, gracias al Día de la Soberanía Nacional. Prepárense para cuatro días de relax, aunque algunos tendrán que trabajar. La pregunta clave: ¿cómo se paga un feriado trabajado?
Atención: el lunes 24 es feriado nacional, ¡pero el viernes 21 es día no laborable con fines turísticos! Esto cambia todo a la hora de cobrar.
¿Feriado o día no laborable? La diferencia en el bolsillo
La Ley de Contrato de Trabajo es clara: los feriados nacionales se pagan como un domingo. Esto significa que si trabajás un feriado, ¡recibís el doble de tu salario habitual por ese día! La Ley N° 27.744 confirma que en feriados, se aplica la remuneración dominical, pagando doble a quienes trabajen.
El artículo 166 lo explica: en feriados nacionales, rigen las normas del descanso dominical. Quienes trabajen esos días, “cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual”. ¡Un buen incentivo!
Días no laborables: ¿qué pasa con el pago?
Acá está la diferencia. Los días no laborables son optativos para el empleador. Si la empresa decide que se trabaje, el empleado cobra su sueldo normal, sin extra. Así que, el viernes 21, ¡depende de tu empleador!
Aprovechá el finde (si no trabajás)
Este fin de semana largo es perfecto para una escapada. Investigá destinos cercanos, armá un plan con amigos o familia, ¡y desconectate! Pero si te toca trabajar, ahora sabés cómo se paga cada día.
En resumen:
- Lunes 24 (Feriado): Se paga doble si trabajás.
- Viernes 21 (Día no laborable): Depende de tu empleador, se paga normal si trabajás.